Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Ayudas cofinanciadas por el FEADER: agroambientales, de agricultura ecológica, ayudas a zonas de montaña y al mantenimiento de las superficies forestadas (Solicitud Única 2024)

  • Acceder a los formularios
  • Compartir

Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2
  • SIA: 1252959
  • BDNS (Identificador): 740595

Fecha de publicación:

31 de enero de 2024

Objeto:

Apoyar a los agricultores y ganaderos que cumplen en sus explotaciones los retos de la PAC, principalmente en cuanto a seguridad alimentaria, cambio climático y gestión sostenible de recursos naturales, la conservación del paisaje y el mantenimiento de la economía rural, así como ayudar al aumento de la competitividad del sector agrario y evitar el abandono de la actividad agraria, a la vez que se mejora la orientación de las ayudas al dirigirlas hacia los agricultores activos. A través de la solicitud única 2024 podrán efectuar las solicitudes de ayuda anual de agroambiente y clima, la ayuda a la agricultura ecológica,  ayudas destinadas a compensar las limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, así como ayuda al mantenimiento de las superficies forestadas, en el año 2024, de la medida de inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques, para los beneficiarios que hayan realizado una forestación en el periodo de programación 2014-2022.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo para la presentación de la SOLICITUD ÚNICA de 2024 será el comprendido entre el 1 de FEBRERO y el 31 de MAYO de 2024, siendo el plazo de modificaciones hasta el 17 de junio de 2024.

*No obstante, se admitirán solicitudes de ayuda hasta la fecha de finalización del plazo de modificación de la solicitud única, en cuyo caso y a excepción de los casos de fuerza mayor y circunstancias excepcionales, los importes se reducirán un 1% por cada día hábil en que se sobrepase el plazo de presentación de la solicitud única. Esta reducción también será aplicable respecto a la presentación de contratos o declaraciones y otros documentos o justificantes que sean elementos constitutivos de la subvencionabilidad de la ayuda de que se trate.

En el caso de solicitudes presentadas en el Registro de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a los efectos del cómputo de plazos, la recepción en un día inhábil, se entenderá efectuada el primer día hábil siguiente.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico (preferente):

Presencial:

¿Quién lo puede solicitar?

Productores con explotaciones agrarias ubicadas en Castilla y León.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Se considerarán productores con explotaciones agrarias ubicadas en Castilla y León aquellos en los que se cumpla la condición de que la mayor parte de la superficie de las parcelas agrícolas declaradas en su solicitud única esté ubicada en dicha comunidad.
  • No obstante, los productores que no declaren superficies tendrán la consideración de titulares de explotación de la Comunidad de Castilla y León siempre que la mayor parte de la superficie de su explotación dedicada a la alimentación del ganado por el que se solicita la prima, esté ubicada en la Comunidad de Castilla y León. Asimismo, tendrán esta consideración aquellos productores sin superficie forrajera que tengan su explotación ganadera, o la mayor parte de la misma, ubicada en esta comunidad.

¿Qué documentos necesito?

“Solicitud Única” dirigida al Director General de Política Agraria Comunitaria, conforme a los modelos normalizados de los formularios que figuran en el anexo 1.

Los titulares de superficies forestadas de la medida de inversiones en el desarrollo de zonas forestales del periodo de programación 2014-2022, que deseen solicitar la ayuda al mantenimiento de la forestación presentarán la solicitud única dirigida al Director General de Patrimonio Natural y Política Forestal.

La “Solicitud Única” deberá ser firmada por el productor o su representante. El solicitante podrá autorizar a otra entidad para la firma electrónica de la misma. Estas entidades comunicarán previamente su habilitación como tales, a través de la aplicación informática “gestión de usuarios externos del servicio de información” aprobada mediante Orden AYG/1447/2010, de 6 de octubre. El titular de la explotación es el responsable de que la información declarada en su solicitud sea veraz en todos sus extremos.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Medidas Ambientales de Desarrollo Rural

Órgano que resuelve:

Director General de Política Agraria Comunitaria

Plazo de resolución:

Se considerarán denegadas las solicitudes de ayudas y pagos no resueltas expresamente y notificadas antes del 1 de julio de 2024.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Reposición
  • Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (27 kbytes)