Establecimiento del Régimen de Concejo abierto
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Establecimiento de régimen de concejo abierto.
¿Quién lo puede solicitar?
La mayoría de los vecinos y decisión favorable del Pleno del Ayuntamiento por mayoría de 2/3.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Podrán acogerse a dicho régimen aquellos municipios que por su localización geográfica, la mejor gestión de los intereses municipales u otras circunstancias lo hagan aconsejable.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:
- Petición de la mayoría de los vecinos.
- Acuerdo favorable del Pleno del Ayuntamiento por mayoría de dos tercios.
- Certificación expedida por el Secretario de la Entidad Local sobre que los firmantes de la solicitud, en su caso, figuran como vecinos y constituyen la mayoría.
- Certificación acreditativa del cumplimiento de los requisitos del art.29.1.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Informe de la Diputación Provincial correspondiente.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Plazo de resolución:
- 6 MESES a partir de la presentación ante el Órgano gestor.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio de los interesados o en el lugar que hayan indicado a los efectos de notificaciones.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.
Recursos:
- Contencioso-administrativo.
- Reposición.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
(BOE 03-04-1985)Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección de Administración Local
Órgano que resuelve:
Junta de Castilla y León
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.