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Fase de prácticas tuteladas en los Cuerpos Docentes no universitarios

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2256
  • SIA: 1813744

Objeto:

Regular la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados y nombrados funcionarios en prácticas, derivados de los procedimientos de Ingreso, acceso, adquisición de nuevas especialidades, procedimiento de baremación y acreditación de competencia lingüística de SECUNDARIA y otros Cuerpos (2024) , y de  Ingreso para estabilización de empleo temporal, baremación para ocupar puestos en régimen de interinidad y acreditación de competencia lingüística extranjera del Cuerpo de Maestros (2024) y que tendrá por objeto comprobar su aptitud para la docencia.

Están exentos de la evaluación de la fase de prácticas los aspirantes seleccionados que acrediten haber prestado servicios al menos durante un curso escolar como funcionarios docentes de carrera.

¿Quién lo puede solicitar?

Aspirantes que resulten seleccionados en el proceso selectivo de ingreso.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1. La fase de prácticas comenzará el 1 de septiembre de 2024 y tendrá una duración de seis meses de actividad docente.

2. Los funcionarios en prácticas que como consecuencia de situaciones excepcionales sobrevenidas deban interrumpir su realización, podrán solicitar por escrito su interrupción ante la dirección provincial de educación correspondiente, la cual recabará, en su caso, los informes oportunos al respecto y elevará propuesta de resolución a la Dirección General de Recursos Humanos.

Si la interrupción conllevase el no poder completar el mínimo de servicios establecido para esta fase, el interesado deberá presentar, además, una solicitud de prórroga.

3. El incumplimiento del período mínimo exigido para la realización de la fase de prácticas en el curso 2024/2025 con motivo de los aplazamientos o prórrogas concedidos, conllevará el nombramiento como funcionarios de carrera con efectos de 1 de septiembre del siguiente curso escolar en el que se finalice dicha fase de prácticas con la valoración de aptos.

¿Qué documentos necesito?

La evaluación de los funcionarios en prácticas será efectuada por la comisión calificadora a partir de los informes emitidos por el profesor tutor, el director, en su caso, el inspector responsable del centro, los responsables de las actividades de formación, y la memoria del funcionario en prácticas. Los informes del profesor tutor y del director del centro se ajustarán a los modelos que figuran en los Anexos I y II, respectivamente, así como los del inspector, y se expresarán en los términos de «satisfactorio» o «no satisfactorio».

Los funcionarios en prácticas elaborarán una memoria final de una extensión máxima de veinte páginas y mínima de diez páginas, con interlineado sencillo, espaciado entre párrafos de 6 puntos y letra tipo Arial de 12 puntos sin comprimir, en la que harán una valoración de su periodo de prácticas de acuerdo con los siguientes indicadores:

  • Participación en los órganos colegiados y de coordinación docente.
  • Colaboración y puesta en marcha de actividades extraescolares y de cualquier otra actividad que dinamice la vida del centro.
  • Información a las familias y orientación para la cooperación de éstas en el proceso de aprendizaje de sus hijos y, en su caso, ejercicio de la tutoría y orientación educativa del alumnado.
  • Valoración de la formación, los apoyos y el asesoramiento recibidos durante la fase de prácticas.
  • Evaluación, valoración y revisión de la propia práctica docente.
  • Preparación de las clases y de los materiales didácticos.
  • Metodologías utilizadas para la adquisición y desarrollo de las competencias y el aprendizaje significativo de los contenidos.
  • Organización del trabajo en el aula para favorecer la adecuada marcha de la clase y un clima que potencie la tolerancia y la participación e implicación del alumnado en su proceso de aprendizaje.
  • Valoración personal del periodo de prácticas (dificultades encontradas y medidas adoptadas, etc.).

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

SECUNDARIA: Las COMISIONES dispondrán de un plazo de quince días hábiles a partir del 1 de marzo de 2025 para redactar el acta final respecto de quienes en esa fecha hayan cumplido el periodo mínimo exigido de actividad efectiva en el destino obtenido como funcionarios en prácticas. Se emitirán cuantas actas complementarias sean necesarias respecto de quienes no completen la fase de prácticas en dicha fecha, conforme la vayan finalizando.

MAESTROS: Las comisiones redactarán el acta final antes del 20 de diciembre de 2024 respecto de quienes en esa fecha hayan cumplido el periodo mínimo exigido de actividad efectiva docente. Se emitirán cuantas actas complementarias sean necesarias respecto de quienes no completen la fase de prácticas en dicha fecha, conforme la vayan finalizando. Asimismo, si las comisiones calificadoras lo estimaran necesario, podrán emitir informes complementarios sobre el desarrollo de sus actuaciones.

El plazo para la entrega de la memoria final por parte de los FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS, será de 7 días hábiles contados a partir del siguiente al de la finalización de las prácticas, que será entregada directamente a la dirección del centro, quien lo remitirá, junto con los informes del tutor y director, a la comisión calificadora.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo.
  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Legislación aplicable:

RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional nombrados funcionarios en prácticas en los procedimientos selectivos de ingreso y acceso, convocados por Orden EDU/1406/2023, de 4 de diciembre (BOCyL 03-09-2024)

RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados y nombrados funcionarios en prácticas derivados del procedimiento selectivo de ingreso para la estabilización de empleo temporal convocado por Orden EDU/1867/2022, de 19 de diciembre (BOCyL 10-09-2024)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Recursos Humanos

Órgano que resuelve:

Consejería de Educación