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Ayudas de comedor escolar para alumnado del 1º ciclo de educación infantil en cursos establecidos como gratuitos en centros sostenidos con fondos públicos, bien se trate de centros privados o en centros titularidad de entidades locales (Curso 2023/2024)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3458
  • SIA: 3016482
  • BDNS (Identificador): 765584

Fecha de publicación:

6 de junio de 2024

Objeto:

Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, por la utilización del comedor escolar, dirigidas al alumnado que curse enseñanzas de primer ciclo de educación infantil en cursos establecidos como gratuitos y sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, bien se trate de centros privados o en centros de titularidad de entidades locales.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 13 de junio de 2024 hasta el 28 de junio de 2024

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Padre y tutores del alumnado que se encuentre cursando enseñanzas de primer ciclo de educación infantil y cumplan los requisitos

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • El alumnado deberá encontrarse matriculado en el segundo curso (nacido en el año 2022) o tercer curso (nacido en el año 2021) del primer ciclo de educación infantil, en un centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, bien se trate de centros privados o en centros de titularidad de entidades locales.
    ​*Está excluido de estas ayudas el alumnado escolarizado en las escuelas y en los centros públicos gestionados por la Consejería de Educación, a los que les será de aplicación la normativa específica del servicio público de comedor escolar.
  • El alumnado deberá ser usuario de forma habitual o habitual discontinuo del servicio de comedor escolar del centro en el que se encuentre matriculado. Se entenderá por usuario habitual el que asista todos los días lectivos al servicio de comedor, salvo causas justificadas. Y por usuario habitual discontinuo el que asista al menos el 50% de los días lectivos de cada mes, salvo causas justificadas.
  • Tener fijada la residencia familiar y el domicilio fiscal en la Comunidad de Castilla y León.
  • Haber solicitado dentro del plazo establecido en el apartado sexto de la convocatoria la ayuda.

Cuantía:

  • Criterio de adjudicación: Las solicitudes que cumplan con todos los requisitos se ordenarán en orden inverso a su renta familiar, calculándose el importe de la ayuda de conformidad con lo establecido en los siguientes apartados, hasta agotar presupuesto.
  • El precio medio diario del alumnado habitual del servicio de comedor escolar que sirve de base para establecer la cuantía es de 4,39 € al día.
  • La cuantía máxima de la ayuda es de 965,80 € que resulta de multiplicar el precio medio por 22 días y por 10 meses.
  • No podrá optar a estas ayudas el alumnado que, por ser beneficiario de otro tipo de ayuda o subvención, no le suponga coste el acceso al servicio de comedor escolar.
  • La cuantía de la ayuda que corresponda al beneficiario se reducirá en un 30 por ciento para el alumnado habitual discontinuo.
  • La cuantía de la ayuda en ningún caso podrá superar el precio pagado por el servicio de comedor escolar, teniendo en cuenta a estos efectos cualquier ayuda o subvención recibida al efecto.
  • TENDRÁN DERECHO AL 100 % DE LA AYUDA:
  • Alumnado de unidades familiares que la suma de ingresos de la unidad familiar en 2022 no exceda el doble del IPREM anual para el año 2024 fijado en 8.400 € (es decir, dichos ingresos no superan 16.800 €).
  • Alumnado que se encuentre en situación de acogimiento.
  • Alumnado perteneciente a familias numerosas de categoría especial.
  • Alumnado víctima de violencia de género.
  • Alumnado víctima de terrorismo.
  • Alumnado con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
  • TENDRÁ DERECHO AL 75 POR CIENTO DE LA AYUDA:
  • Alumnado perteneciente a unidades familiares en las que la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2022 no exceda en cómputo anual de 2,5 veces el IPREM (es decir, dichos ingresos no superan 21.000 €).
  • TENDRÁ DERECHO AL 50 POR CIENTO DE LA AYUDA:
  • Alumnado perteneciente a unidades familiares en las que el resultado de la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2022 no exceda en cómputo anual 3 veces del IPREM (25.200 €).
  • Alumnado perteneciente a familias numerosas de categoría general.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, firmada por el padre y la madre o tutor o representante legal, en su caso, y por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad, dirigida a la Consejería de Educación.

La solicitud incluirá la declaración responsable del solicitante relativa a diferentes extremos.

En el caso de que se presente la solicitud de forma electrónica los miembros de la unidad familiar, mayores de edad, distintos del solicitante 1 deberán rellenar el documento de firmas complementario de la solicitud, dando así conformidad a la misma.

Junto a la solicitud se deberá enviar el certificado del centro, el certificado de titularidad bancaria del solicitante 1, el documento o documentos que acrediten el pago mensual del comedor escolar y, según cada caso, la documentación que se indica en la Orden de Concesión.

Descarga del documento tipo PDF Información sobre documentación a presentar. Abre una nueva ventana Información sobre documentación a presentar (148 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Gratuidad de la Enseñanza y Conciertos Educativos

Órgano que resuelve:

Consejería de Educación

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de seis meses desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se podrán entender desestimadas las solicitudes.

Notificaciones:

La resolución se publicará en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación y será objeto de publicidad a través de la página web de la consejería competente en materia de educación (http://www.educa.jcyl.es) por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación.

Recursos:

Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Pago y justificación

  • El importe de las ayudas que se concedan se abonará, en un único pago mediante transferencia a la cuenta bancaria que figure en el impreso de solicitud, una vez admitida la justificación de la misma. 
  • El pago se efectuará previa presentación de un certificado del centro en que el alumno curse sus estudios en el que se acredite que este ha utilizado de forma habitual o habitual discontinuo el comedor escolar durante el curso, así como el número de días, el precio de dicho servicio y el importe pagado.

Compatibilidad con otras ayudas

  • Estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones o ayudas otorgadas para el mismo fin por esta u otra administración pública, o por cualquier entidad pública o privada, siempre que el importe total subvencionado no supere el coste del servicio.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (99 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.