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Ayudas del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables en Castilla y León (2024)

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next Generation EU (PRTR-NG)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3464
  • SIA: 3025840
  • BDNS (Identificador): 784696

Fecha de publicación:

13 de septiembre de 2024

Objeto:

Convocar las ayudas destinadas a la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables en Castilla y León, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea – NextGenerationEu.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 14 de septiembre de 2024 hasta el 15 de octubre de 2024

Más Detalles:

El plazo de presentación de comienza a las 09:00 horas del día siguiente a la publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León” de la Orden de modificación de las bases y convocatoria, y finaliza el 15 de octubre de 2024.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial (*):

(*) Imprimir el formulario pdf que figura en el apartado descargas de esta web, y cumplimentarlo para su presentación por registro.

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán ser beneficiarios del bono digital los ciudadanos de Castilla y León que, a la fecha de solicitud de la ayuda, cumplan al menos alguno de los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  1. Ser perceptores del Ingreso Mínimo Vital regulado en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, y además el domicilio de instalación consignado en la solicitud esté ubicado en cualquier municipio de Castilla y León.
  2. Ser perceptores de la Renta Garantizada de Ciudadanía de Castilla y León regulada mediante Decreto Legislativo 1/2019, de 10 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de las normas legales vigentes en materia de condiciones de acceso y disfrute de la prestación de renta garantizada de ciudadanía de Castilla y León, y además el domicilio de instalación consignado en la solicitud esté ubicado en cualquier municipio de Castilla y León.
  3. Tener cumplidos los 65 años de edad, y además el domicilio de instalación consignado en la solicitud esté ubicado en municipios de menos de 20.000 habitantes y que no forman parte de ninguna de las Áreas Urbanas Funcionales (AUF), descritas e identificadas por el Instituto Nacional de Estadística. En el Anexo de la orden de convocatoria se indican aquellos municipios que quedan excluidos.

NO PODRÁN RESULTAR BENEFICIARIOS de los bonos digitales aquellos que se encuentren incursos en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, ni aquellos solicitantes que ya hubieran sido beneficiarios de las ayudas convocadas para este mismo programa mediante la Orden MTD/683/2023, de 23 de mayo.

¿Para qué es la ayuda?:

El bono digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha o el mantenimiento de los ya contratados, desde una ubicación fija, con una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente, en condiciones de máxima demanda, con la tecnología más adecuada en cada caso, a fin de respetar el principio de neutralidad tecnológica, para personas o unidades familiares identificadas como vulnerables.

Cuantía:

  • Importe total anual de 240 €, a repartir en doce mensualidades, de tal manera que se aplique una minoración mensual de 20 euros en el precio final (IVA incluido) de la factura emitida por el operador-colaborador del programa.
  • En la sección “información adicional” puede consultar el listado de operadores con los que contratar el bono digital en Castilla y León.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, según el modelo normalizado, solo se podrá solicitar un bono digital por persona física y por unidad familiar y vivienda. 

En caso de que la solicitud no esté debidamente cumplimentada o no esté acompañada de la documentación exigida, se requerirá a la persona solicitante para que, en el plazo máximo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no lo hiciese se la tendrá por desistida de su petición.

Junto con la solicitud deberá presentarse la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (96 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Telecomunicaciones y Administración Digital

Órgano que resuelve:

Consejería de Movilidad y Transformación Digital

Plazo de resolución:

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución de concesión será de 6 MESES contados desde la fecha de presentación de solicitudes.

En todos los supuestos, el vencimiento del plazo aplicable sin que se haya dictado y notificado o publicado resolución expresa, legitima a los interesados para entender DESESTIMADA la solicitud de ayuda, por silencio administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Obligaciones de los beneficiarios del bono 

  • En plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión los beneficiarios deben contratar el nuevo servicio de conexión a banda ancha o mantener la  velocidad mínima superior a 30 Mbit por segundo en sentido descendente los contratos que tengan ya suscritos con los operadores.
  • Los contratos se podrán realizar sólo con los operadores colaboradores que se hayan inscrito en el Registro de operadores-colaboradores que gestionará la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.
  • Tras la contratación deben mantener el nuevo servicio o el incremento de la velocidad por un periodo mínimo de un año, en caso contrario se disminuirá proporcionalmente la ayuda.

Compatibilidad de las ayudas

  • Los bonos digitales concedidos no serán compatibles con cualquier otra ayuda de otros programas o instrumentos financiados con cualquier otro fondo de la Unión Europea.

Registro de Operadores-colaboradores del programa del bono digital en Castilla y León

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (141 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Descargas

Financiado por la UE, Next Generation EU, dentro del plan PRTR-NG