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Nombramiento de personal estatutario del proceso selectivo extraordinario de estabilización: Licenciados Especialistas y otros Licenciados Sanitarios (concurso de méritos)

Contenido publicado el 31 de mayo de 2024:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaResolución de 30 de mayo de 2024, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León (BOCyL 31-05-2024) (1.349 kbytes) , por la que se nombra personal estatutario fijo de las categorías de Licenciado Especialista en Análisis Clínicos, Medicina Interna, Neurología, Neurofisiología Clínica, Obstetricia y Ginecología, Pediatría y sus áreas específicas, Radiofísica Hospitalaria y Urología del Servicio de Salud de Castilla y León.

Mediante Orden SAN/1916/2022, de 23 de diciembre, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de las categorías de Licenciados Especialistas y otros Licenciados Sanitarios en el marco previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público del Servicio de Salud de Castilla y León. (B.O.C. y L. de 28 de diciembre).

Por Orden SAN/332/2024, de 16 de abril, se aprobó la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo mediante el sistema de concurso de méritos, en plazas de las categorías de Licenciados Especialistas a excepción de Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León y se ofertan las vacantes correspondientes. (B.O.C. y L. de 18 de abril).

Con fecha 26 de abril de 2024 se publicó corrección de errores de la Orden SAN/332/2024, de 16 de abril por la que se efectúan rectificaciones correspondientes a las vacantes ofertadas en las especialidades de Anatomía Patológica, Medicina Interna, Pediatría y sus áreas específicas y Urología.

De doscientos siete aspirantes que superaron el proceso selectivo, veinte de ellos no han aportado en el plazo conferido al efecto la documentación señalada en la base 7.11.de la Orden SAN/1916/2022, de 28 diciembre y en el punto segundo de la Orden SAN/332/2024, de 16 de abril, por lo que no pueden ser nombrados personal estatutario fijo según establece el punto tercero de la Orden SAN//332/2024, de 16 de abril.

Asimismo, como consecuencia de la estimación de dos recursos de reposición interpuestos contra la Orden SAN/332/2024, de 16 de abril, por la que se aprueba la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, se ha modificado la puntuación de los siguientes aspirantes:

– Elena Fernandez Vizán, de la categoría de Licenciado Especialista en Análisis Clínicos, obteniendo una puntuación total de 44, 10 puntos.
– Sandra Jorge Roldán, de la categoría de Licenciado Especialista en Neurología, obteniendo una puntuación total de 52,90 puntos.

Los aspirantes que han superado el proceso selectivo han acreditado documentalmente cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria, así como la asignación de los correspondientes destinos que se especifican en el Anexo I de la presente Resolución con el destino adjudicado.

En virtud de lo expuesto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.2 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castila y León y conforme a la Orden SAN/1705/2007, de 10 de octubre (B.O.C. y L. de 31 de octubre), sobre delegación de competencias del Consejero de Sanidad, esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional

RESUELVE

Primero.– Nombrar personal estatutario fijo de las categorías de Licenciados Especialistas en Análisis clínicos, Medicina Interna, Neurología, Neurofisiología Clínica, Obstetricia y Ginecología, Pediatría y sus áreas específicas, Radiofísica Hospitalaria y Urología.

Segundo.– En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, los aspirantes nombrados deberán efectuar la toma de posesión en la Gerencia a la que esté adscrita la plaza adjudicada.

Decaerán en los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo quienes, transcurrido dicho plazo, no hayan tomado posesión de su destino, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y así apreciada por el órgano competente para su nombramiento.

Tercero.– El personal objeto del presente nombramiento, en el acto de toma de posesión, deberá efectuar la declaración a que alude el artículo 31.3 del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o la opción o solicitud de compatibilidad contemplada en dicho Decreto.

Si el interesado viniere realizando una actividad pública o privada que requiera la autorización de compatibilidad se estará a lo dispuesto en el artículo 31.4 del referido Decreto 227/1997, y demás normas concordantes.

Cuarto.– Para la adquisición de la condición de personal estatutario fijo, el interesado habrá de prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo y acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y las leyes, en el ejercicio de las funciones que le estén atribuidas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.

Asimismo, en el acto de toma de posesión, el interesado deberá aportar, en el destino adjudicado, certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, o, en su caso, autorización al centro para recabar los datos correspondientes a la misma.

Quinto.– Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contenciosoadministrativo de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información adicional:

  • Licenciados Especialistas en Análisis Clínicos, Medicina Interna, Neurología, Neurofisiología Clínica, Obstetricia y Ginecología, Pediatría y sus áreas específicas, Radiofísica Hospitalaria y Urología.