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Instalación térmica en los edificios

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1468
  • SIA: 1813457

Objeto:

Inscripción de las instalaciones térmicas en los edificios en el correspondiente Registro RITE. Comunicación en relación con contabilizadores de consumo.

Para la regularización de este tipo de instalaciones debe entrar en el siguiente enlace: Regularización administrativa de instalaciones sometidas a la normativa de seguridad industrial

¿Quién lo puede solicitar?

  • Empresas y Autónomos
  • Ciudadanos

¿Qué requisitos debo cumplir?

Haber realizado una nueva instalación térmica, sustitución de equipos, o reforma de importancia, de potencias superiores a 5 kW.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en Modelo normalizado dirigida al ST de Industria, Comercio y Turismo de la provincia correspondiente, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

EN INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS mayor o igual que 5 kW y menor o igual que 70 kW.

  • Carpeta de Instalaciones Térmicas en Edificios. Hoja de Inscripción.
  • Memoria.
  • Certificados de la instalación térmica (cuadriplicado).
  • Autoliquidación de la tasa.
EN INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS mayor que 70 kW
  • Carpeta de Instalaciones Térmicas en Edificios. Hoja de Inscripción.
  • Proyecto.
  • Certificado de dirección de obra (triplicado).
  • Certificados de la instalación térmica (cuadriplicado).
  • Contrato de mantenimiento.
  • Autoliquidación de la tasa.

TASAS: Hay que liquidar la tasa correspondiente en materia de industria y energía (Código 308.1 « Ingresos derivados de las autorizaciones, inspección y concesiones relativos a la actividad industrial y energética») recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes .  Por Internet se pueden realizar los trámites de forma telemática, incluido el pago de la tasa,  de los Certificados de Instalación Térmica de Edificios que no requieren proyecto.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Inmediatamente después de haber realizado la instalación y antes de su puesta en servicio.

Plazo de resolución:

  • Inmediato, a partir del momento en que se presenta la documentación de puesta en marcha, ante el Órgano competente.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE 23-07-1992)
  • Ley 6/2014, de 12 de septiembre, de Industria de Castilla y León. (BOCyL 19/09/2014)
  • REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (BOE 28-03-2006)
  • REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (BOE 29-08-2007)
  • REAL DECRETO 736/2020, de 4 de agosto, por el que se regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios (BOE 6-08-2020)
  • ORDEN EEI/1036/2021, de 6 de septiembre, por la que se establece el procedimiento de regularización administrativa de instalaciones sometidas a la normativa de seguridad industrial (BOCyL 16-09-2021)
  • ORDEN EYE/912/2012, de 17 de octubre, por la que se regula el procedimiento telemático para la inscripción de determinadas instalaciones térmicas en los edificios en el registro correspondiente y se aprueba la aplicación informática «RITE» (BOCyL 08-11-2012)
  • RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2012, de la Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica, autorizando el pago telemático de la tasa en materia de industria y energía que grava la inscripción y control de instalaciones térmicas en los edificios (BOCyL 11-12-2012)
  • RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Industria e  Innovación Tecnológica,  por  la  que  se  establecen  instrucciones  para  la  aplicación  del Real  Decreto  238/2013,  de  5  de  abril,  por  el  que  se  modifican  determinados  artículos e  instrucciones  técnicas  del  Reglamento  de  Instalaciones  Térmicas  en  los  Edificios, aprobado  por  Real  Decreto  1027/2007,  de  20  de  julio,  en  lo  referente  a  la  inscripción  y mantenimiento de  instalaciones. (BOCyL 16-12-2014)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Economía

Órgano que resuelve:

Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Economía

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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