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Registro de titularidad compartida de explotaciones agrarias de Castilla y León

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1809
  • SIA: 1813588

Objeto:

Registrar altas, bajas o modificaciones de las explotaciones agrarias en régimen de titularidad compartida, en Castilla y León.

La titularida compartida es una opción voluntaria que tienen los matrimonios, parejas de hecho o personas con una relación análoga,  de gestionar de manera conjunta una explotación agraria. Los cotitulares compartirán no sólo el trabajo en la explotación, sino también la gestión, los derechos, las cuotas y las subvenciones. Se trata de promover y favorecer la igualdad real y efectiva de las mujeres en el medio rural.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas titulares de una explotación agraria ubicada en Castilla y León, en régimen de titularidad compartida

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

  • Por Internet desde esta misma página.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las personas titulares de la explotación agraria en régimen de titularidad compartida deberán:

• Estar dadas de alta en la Seguridad Social.

• Ejercer la actividad agraria y trabajar en la explotación de modo directo y personal.

• Residir en el ámbito territorial en el que radique la explotación.

• Tener una cuenta bancaria asociada a la titularidad compartida.

• Tener un número de Identificación Fiscal asignado por la Administración Tributaria, para la titularidad compartida. Estar casado o formar una pareja de hecho o en defecto de lo anterior aseverar un vínculo de análoga relación de afectividad.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud de ALTA en modelo normalizado, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

• Declaración conjunta.

• Copia del NIF provisional obtenido en Hacienda.

• Copia del certificado de empadronamiento (1)

• Copia del Informe de actividad agraria por cuenta propia expedido por la TGSS (1)

• Copia del certificado de matrimonio o de inscripción de pareja de hecho (1) (salvo que haya declarado una análoga relación de afectividad)

• En caso de tener representante, documentación acreditativa de la representación.

• Documentación acreditativa de la modificación o baja de la Titularidad compartida, en su caso.

Documentos (1) Documentos cuya obligación de aportar ha sido suprimida en virtud del Decreto 23/2009, de 26 de marzo y que no será necesario aportar siempre que se autorice a la obtención de los datos contenidos en los citados documentos.


Las declaraciones para la MODIFICACIÓN o BAJA de la inscripción inicial, se presentarán en el mismo modelo, especificando que se refiere a una modificación o a una baja y se acompañarán de la documentación acreditativa de la misma.

Fecha de publicación:

16 de julio de 2012

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

  • Tres meses desde la presentación de la declaración.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias (BOE 5-10-2011)
  • Real Decreto 297/2009, de 6 de marzo sobre titularidad compartida en las explotaciones agrarias (BOE 26-03-2009)
  • Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de Explotaciones Agraria (BOE 05-07-1995)
  • Ley 18/2007, de 4 de julio, por la que se procede a la integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (BOE 05-07-2007)
  • Orden ARM/2763/2009, de 5 de octubre, por la que se regula el Registro de titularidad compartida (BOE 14-10-2009)
  • Orden AYG/546/2012, de 6 de junio, por la que se establece el procedimiento de inscripción en el Registro de titularidad compartida de las explotaciones agrarias en Castilla y León (BOCyL 16-07-2012)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Órgano que resuelve:

Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (165 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.