Actividades Formativas incluidas en el Plan de Formación Local de la ECLAP 2024 (1ª Convocatoria)
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Convocar el Plan de Formación Local 2024, dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP) que se realizarán durante 2024.
¿Quién lo puede solicitar?
- Empleados públicos de las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León
- Este año se abre el curso de “Régimen Local” también a Personal de la Dirección de Administración Local y de las Secciones de Régimen Local de las Delegaciones Territoriales de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Lugar y Forma de presentación:
Se deberá utilizar una de estas dos modalidades de remisión de solicitudes:
- A través del sistema automatizado de envio disponible desde esta misma página y en la página web de la eclap www.eclap.jcyl.es.
- A través del Servicio de Atención Telefónica 012 (983 327 850)
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Los empleados públicos solicitantes han de encontrarse en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares, y deben reunir los requisitos establecidos para cada uno de los cursos convocados.
- Podrán participar los empleados públicos que se encuentren disfrutando los permisos previstos en las letras a), b) y c) del artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
- Los requisitos exigidos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en la fecha de inicio de la acción formativa.
¿Qué documentos necesito?
- Las solicitudes se formularán obligatoriamente a través del modelo de solicitud electrónica disponible en la WEB de la ECLAP, en la sede electrónica o a través del 012 (983 327 850).
- Deberá utilizarse exclusivamente una de esas dos modalidades de presentación de solicitudes.
- La presentación de una nueva solicitud por el interesado dentro del plazo señalado supondrá la anulación de la presentada con anterioridad.
- Se podrán solicitar, dos cursos siempre que se reúnan los requisitos exigidos para participar en ellos.
- El solicitante deberá informar de la presentación de la solicitud al responsable del centro, servicio o unidad administrativa donde presta sus servicios, quién si considera que existen circunstancias que pueden impedir la participación del interesado en las actividades formativas, lo comunicará de forma motivada a la ECLAP.
- Sólo se podrá participar en uno de los cursos solicitados, salvo que se trate de cursos en los que no existan suficientes solicitantes que cumplan los requisitos para cubrir las plazas, en cuyo caso podrá realizarse uno más, que habrán de ser solicitados cuando se oferten las vacantes.
- No se podrá participar en un curso si se ha realizado previamente otro de características similares en los tres últimos años.
Fecha de publicación:
19 de enero de 2024
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 20 de enero de 2024 hasta el 15 de febrero de 2024
Más Detalles:
De existir vacantes sin cubrir en alguno de los cursos, podrá ampliarse el plazo de presentación de solicitudes hasta su cobertura por aquellos interesados que cumplan los requisitos establecidos, informándose de esta ampliación en la dirección web de la ECLAP.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Te interesa saber:
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Selección de participantes
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Contenido:
- La selección de los participantes se efectuará por la ECLAP de acuerdo con los requisitos especificados para cada actividad formativa y en particular a la mayor adecuación entre las funciones desempeñadas por el solicitante y el contenido de la actividad solicitada.
- En el supuesto de que el número de solicitudes que cumplan los requisitos supere al de plazas disponibles, se tendrá en cuenta el menor número de cursos realizados por el solicitante en anteriores convocatorias de la ECLAP.
- En caso de empate se atenderá al mayor tiempo de servicios prestados por el solicitante en cualquier Administración Pública.
- La ECLAP podrá solicitar al responsable del centro, servicio o unidad administrativa de la que dependa el solicitante informe acreditativo de la adecuación del puesto de trabajo desempeñado con el curso solicitado. Asimismo, podrá solicitar el asesoramiento de algún especialista en aquellos casos que considere conveniente para una mejor selección y homogeneización del grupo de alumnos.
- Únicamente se podrá participar en uno de los cursos solicitados, salvo que se trate de cursos en los que no existan suficientes solicitantes que cumplan los requisitos para cubrir las plazas convocadas, en cuyo caso podrá realizarse uno más, que habrán de ser solicitados cuando se oferten las vacantes.
- No se podrá participar en un curso si se ha realizado previamente otro de características similares en los tres últimos años (misma denominación, contenido, destinatarios, etc.).
- De existir vacantes sin cubrir en alguno de los cursos, podrá ampliarse el plazo de presentación de solicitudes hasta su cobertura por aquellos interesados que cumplan los requisitos establecidos, informándose de esta ampliación en la dirección web de la ECLAP.
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Realización, asistencia y certificados de las actividades formativas
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Contenido:
- Salvo causa justificada, los empleados públicos tienen el derecho y el deber de realizar los cursos en los que hayan sido seleccionados.
- Los aspirantes seleccionados que por causa justificada no puedan realizar un curso para el que hayan sido seleccionados estarán obligados a comunicarlo a la ECLAP, con una antelación mínima de cinco días laborables antes de su inicio.
- A tal efecto, en caso de renuncias a cursos, se utilizará preferentemente el formulario electrónico disponible en la dirección www.eclap.jcyl.es, accesible a través de «DIRECTO A», «Solicitudes, consultas y renuncias».
- El abandono de quienes hubiesen sido seleccionados para participar en un curso, sin previa comunicación o debida justificación, podrá determinar su exclusión en selecciones posteriores.
Certificados
- En todos los cursos de formación se otorgará el correspondiente certificado de aprovechamiento a los alumnos que participen en el curso para el que hubieran sido seleccionados. Una falta de realización superior al diez por ciento de las horas lectivas de cada curso, aunque sea por causa justificada, imposibilitará la expedición del certificado.
- Para la emisión por la ECLAP del certificado de aprovechamiento, los alumnos deberán superar las tareas o pruebas que a tal efecto establezcan los profesores o tutores de los respectivos cursos.
- Los certificados de los cursos de formación se emitirán electrónicamente, lo que se comunicará a través del correo electrónico consignado en la solicitud de los cursos por el interesado.
Notificaciones:
- Efectuada la selección de los participantes, se expondrá la relación de seleccionados en la dirección www.eclap.jcyl.es, accesible a través de «Formación 2024», «Cursos del Plan de Formación Local», en el apartado «Seleccionados y vacantes».
- En esta misma dirección se informará de aquellas actividades en las que, una vez realizada la selección, existan vacantes sin cubrir y se ampliará el plazo de presentación de solicitudes hasta su cobertura de acuerdo con lo establecido en la norma 13.
- A los seleccionados de cada actividad formativa se comunicará el inicio de la misma a la dirección de correo electrónico señalada en la solicitud, aproximadamente con diez días de antelación a su comienzo, así como la información complementaria para su participación.
Recursos:
- Contencioso-administrativo.
- Reposición.
Información general sobre recursos administrativos
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Legislación aplicable:
ORDEN PRE/23/2024, de 16 de enero, por la que se convoca el Plan de Formación Local 2024, dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), y se establecen sus normas de organización y desarrollo
(BOCyL 19-01-2024)Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Escuela de Administración Pública de Castilla y León (ECLAP)
Órgano que resuelve:
Consejería de la Presidencia
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (399 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
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