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Programa de Actividades Formativas de la Escuela de Formación Juvenil (2024)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1034
  • SIA: 1253077

Objeto:

Convocar el programa de actividades formativas de la Escuela de Formación Juvenil de Castilla y León para el año 2024 y establecer las condiciones de participación.

La Escuela de Formación Juvenil de Castilla y León convoca tres tipos de actividades formativas:

  1. Cursos destinados a la obtención de las titulaciones de formación juvenil de monitor de nivel, profesor de formación y director de formación.
  2. Actividades formativas complementarias en diferentes ámbitos de interés para los jóvenes.
  3. Plazas para la realización del módulo de prácticas de las titulaciones juveniles de monitor de nivel, gestor de instalaciones juveniles e informador juvenil.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Podrán participar en los CURSOS y las ACTIVIDADES FORMATIVAS COMPLEMENTARIAS las personas que cumplan los requisitos establecidos en cada curso.
  • Podrán solicitar las PRÁCTICAS los alumnos que hayan obtenido la calificación de apto en la fase teórica de la titulación correspondiente.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los requisitos para participar en los Cursos de Titulaciones de Formación Juvenil, en las Actividades Formativas Complementarias y en las Prácticas vienen recogidos respectivamente en los Anexos I, II y III.

1. En los cursos de titulaciones de formación juvenil, cuando el número de solicitudes exceda al de las plazas ofertadas, la selección de participantes se realizará mediante la aplicación de los siguientes criterios en el orden de prelación que a continuación se indica:

  • Primero: Empadronamiento del solicitante en Castilla y León.
  • Segundo: Las necesidades de acceso a las actividades formativas de una entidad, pública o privada, debidamente acreditadas.
  • Tercero: La aplicación de la formación recibida en el desarrollo de actividades que tengan lugar en el medio rural.

En caso de empate en la aplicación de los criterios anteriores, éste se resolverá teniendo en cuenta el orden de entrada de registro de las solicitudes.

2. En caso de empate, en las actividades formativas complementarias se resolverá teniendo en cuenta el orden de entrada de registro de las solicitudes.

3. Cuando el número de solicitudes de realización de prácticas exceda al de las plazas ofertadas se tendrá en cuenta, en el orden que a continuación se indica: la residencia del solicitante en algún municipio de Castilla y León, así como el periodo de tiempo para la finalización de etapas formativas. En caso de empate éste se resolverá teniendo en cuenta el orden de entrada de registro de las solicitudes.

¿Qué documentos necesito?

La solicitud para titulaciones juveniles o actividades formativas complementarias, se realizará en el formulario normalizado Anexo IV. «Solicitud Titulaciones de Formación Juvenil» y Anexo V. «Solicitud Actividades Formativas Complementarias».

Las solicitudes de prácticas en el formulario normalizado Anexo VI. «Solicitud de prácticas de las titulaciones juveniles».

Las solicitudes irán dirigidas al Servicio de Formación e Iniciativas del Instituto de la Juventud de Castilla y León e irán acompañadas de la siguiente documentación:

  • Copia del DNI o NIE del solicitante, si de modo expreso en la solicitud (Anexo IV o V) el solicitante se opone a que el órgano gestor directamente y/o por medios expresamente compruebe esos datos.
  • Copia del título de familia numerosa, con indicación del número cuando siendo un título reconocido y expedido por la Administración de la Comunidad de Castilla y León o por otras Comunidad Autónoma, el solicitante de modo expreso en la solicitud se oponga a que el órgano gestor compruebe directamente y/o por medios electrónicos este dato.
  • Copia del carné joven europeo expedido por la Comunidad Autónoma de Castilla y León, si de modo expreso en la solicitud se opone a que el órgano gestor compruebe directamente y/o por medios electrónicos ese dato.
  • Copia del carné joven europeo expedido por otra Comunidad Autónoma en caso de beneficiarse de bonificación en la cuota.
  • En caso de solicitantes que aleguen residencia en Castilla y León, certificado o volante de empadronamiento si de modo expreso en la solicitud el solicitante se opone a que el órgano gestor obtenga directamente y/o por medios electrónicos ese dato.
  • Los participantes, que cumplan los requisitos para beneficiarse de la bonificación prevista para víctimas de violencia de género, deberán presentar copia de alguno de los documentos que permiten la acreditación de la condición de víctima de violencia de género de conformidad con el artículo 7 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León:

    ■ Resolución judicial otorgando la orden de protección o acordando medida cautelar a favor de la víctima atinente a causa criminal por violencia de género.

    ■ Sentencia firme de cualquier orden jurisdiccional que declare que la mujer padeció violencia en cualquiera de las formas recogidas en el artículo 2 de la citada ley.

    ■ Certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración pública autonómica o local.

    ■ Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.

    ■ Excepcionalmente y en tanto se dicte la orden de protección, será título de acreditación de la situación de violencia de género el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante de alguno de los recursos previstos en la presente ley es víctima de tal violencia.
     
  • En el caso de cursos conducentes a la obtención de titulaciones, copia de las titulaciones académicas exigidas para poder acceder a las mismas de conformidad con lo previsto en el Anexo I.
  • Documentos que acrediten los criterios preferenciales alegados para la selección de los alumnos en el caso de que el número de solicitudes exceda el de plazas convocadas.
Solicitud familias numerosas: los solicitantes que cumpliendo los requisitos deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa previstas, deberán presentar junto a la solicitud, la autorización para la verificación electrónica de datos personales y renta de la unidad familiar, conforme al modelo normalizado establecido como Anexo VII «Autorización para la Verificación Electrónica de Datos Personales» debidamente cumplimentado y firmado por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad.

En el caso de que el solicitante no autorizará la citada verificación electrónica de datos, deberá aportar junto con su solicitud de participación (Anexo IV o V) la siguiente documentación justificativa:

  • Declaración del IRPF del ejercicio 2022. En el caso de que no se haya presentado declaración del IRPF por no estar obligado a ello, deberá presentar certificado de imputación de rentas del ejercicio 2022 emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Certificado catastral que acredite la titularidad de bienes inmuebles con el valor catastral correspondiente, así como el porcentaje y el tipo de propiedad.

Solicitud Víctimas del Terrorismo: existirá un cupo de reserva del 2% del total de plazas para los miembros de unidades familiares en las que alguno de ellos tenga la condición de víctima del terrorismo. El órgano gestor comprobará directamente y/o por medios electrónicos esta condición, salvo que este se oponga expresamente en la solicitud de participación, en cuyo caso deberá acreditar tal condición mediante la aportación de alguno de los siguientes documentos junto con la solicitud de participación:

  • Resolución administrativa firme dictada por órganos de la Administración general del estado de la que se derive el reconocimiento de la condición de víctima del terrorismo.
  • Sentencia judicial firme que reconozca el derecho a ser indemnizado en concepto de responsabilidad por hechos y daños provocados por acciones terroristas.
  • Cualquier medio de prueba admisible en derecho, cuando sin mediar sentencia, se hubiesen llevado a cabo diligencias judiciales o la incoación de procesos penales para el enjuiciamiento de los delitos.

Fecha de publicación:

12 de marzo de 2024

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Las solicitudes de participación en los cursos conducentes a las TITULACIONES JUVENILES y las ACTIVIDADES FORMATIVAS COMPLEMENTARIAS podrán presentarse desde el 13 de marzo hasta el 7 de abril de 2024 inclusive, en el caso de los cursos y actividades formativas complementarias programadas para los meses de abril, mayo y junio de 2024 y hasta el 15 de septiembre de 2024 inclusive, en el caso de los cursos y actividades formativas complementarias programadas para los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2024.

No obstante, si concluidos los plazos quedaran plazas disponibles, la convocatoria permanecerá abierta admitiéndose solicitudes en cada curso o actividad formativa hasta completar el número total de plazas.

El plazo para la presentación de las solicitudes para la realización de PRÁCTICAS permanecerá abierto desde el 13 de marzo de 2024, hasta la completa cobertura de las plazas ofertadas a este fin.

Importante: Los cursos de Profesor y Director de formación se organizarán en nuevas fechas a partir de septiembre así que si estas interesado apúntate enviando tu solicitud y contactaremos contigo para informarte y comprobar si sigues interesado.

Te interesa saber:

Cuotas, bonificaciones, cancelación y devoluciones

Contenido:

Cuota y bonificaciones

  • Los solicitantes en las actividades formativas conducentes a la obtención de titulaciones juveniles, así como en las actividades formativas complementarias que resulten seleccionados deberán efectuar el ingreso de la cuota establecida según proceda, en el Anexo I. «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota. Titulaciones de Formación Juvenil» o en el Anexo II. «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota. Actividades formativas complementarias». En todo caso el ingreso se realizará en el número de cuenta que para cada actividad se establece en los referidos anexos, indicando el nombre y apellidos del participante y código de la actividad formativa.
  • La cuota de participación en las actividades formativas referidas incluye docencia, dossier de contenidos y seguro de responsabilidad civil y de accidentes.
  • La cuota se abonará antes del inicio del curso, en el plazo máximo de tres días naturales desde la notificación de la resolución de admisión. Finalizado el plazo de abono de la cuota señalado el participante dispondrá de dos días naturales para enviar al Instituto de la Juventud de Castilla y León, a través del correo electrónico gestioncursos.formacionjuvenil@jcyl.es ,copia del justificante bancario de ingreso de la cuota.
  • En caso de no actuarse así, se procederá a adjudicar la plaza por orden de prelación, a las personas que figuren en la lista de suplentes.
  • Se establecen las siguientes bonificaciones respecto del pago de la cuota prevista para cada actividad:
    a) Bonificación del 15% de la cuota para usuarios del Carné Joven Europeo.
    b) Bonificación del 50% de la cuota para los participantes que dispongan del título de familia numerosa de categoría general, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de medidas de apoyo a las familias de la Comunidad de Castilla y León.
    c) Bonificación del 100% de la cuota para los participantes que dispongan del título de familia numerosa de categoría especial, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de medidas de apoyo a las familias de la Comunidad de Castilla y León.
    d) Bonificación del 100% de la cuota para los participantes que tengan acreditada la condición de víctima del terrorismo de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las víctimas del terrorismo en Castilla y León.
    e) Bonificación del 100% para los hijos de víctimas de violencia de género, así como para aquellas participantes que tuvieran reconocida esa condición, de acuerdo con lo establecido en la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género de Castilla y León.
  • Las bonificaciones previstas para participantes miembros de familias numerosas, ya sean general o especial, se aplicarán cuando la capacidad económica familiar per cápita mensual sea inferior a 1,1 veces el Indicador público de renta de Efectos Múltiples (IPREM), vigente en el momento de la solicitud, correspondiente a una mensualidad, conforme establece el Decreto 27/2013, de 4 de julio, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en las residencias juveniles titularidad de la Comunidad de Castilla y León y se establece su régimen de bonificaciones. La capacidad económica de los solicitantes se calculará valorando el nivel de renta y patrimonio de la unidad familiar de conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 27/2013, de 4 de julio.
  • Las bonificaciones señaladas no son acumulables. En el caso de que concurran varias circunstancias de las señaladas, se aplicará la mayor de las bonificaciones referidas.

Cancelación del programa y devolución de cuotas

  • No podrá realizarse ningún curso de las titulaciones modulares de formación juvenil que no alcance el número mínimo de diez alumnos.
  • Las actividades formativas convocadas podrán ser canceladas 5 días antes de su inicio, si no se cubren el 80% de las plazas ofertadas en el Anexo I.
  • En ambos supuestos se procederá a la devolución íntegra de las cuotas pagadas.
  • Se procederá a la devolución del 80% de la cuota pagada, cuando se renuncie a la plaza adjudicada antes del inicio del curso, siempre que concurra alguna de las siguientes causas:
    – Enfermedad, fallecimiento o accidente del solicitante o de un familiar de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad.
    – Deber inexcusable legalmente previsto o de la participación en una convocatoria de carácter oficial.
    – Por suscripción de contrato de trabajo con posterioridad al pago de la cuota.
  • La solicitud de devolución de la cuota deberá presentarse por escrito dirigida al Instituto de la Juventud de Castilla y León, en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento de las Administraciones Públicas, en el plazo máximo de un mes desde la finalización del curso, indicándose los datos personales y bancarios del participante, debiendo adjuntar la siguiente documentación, según proceda:
    – Certificado médico de enfermedad grave o justificante de ingreso hospitalario del participante o de un familiar de primer o segundo grado.
    – Certificado de defunción o documento que lo acredite.
    – Documento justificativo del deber inexcusable alegado o de la participación en una convocatoria de carácter oficial.
    – Copia de contrato de trabajo.
    – En todo caso, certificado bancario o declaración responsable en la que se indique la titularidad de la cuenta, así como el código IBAN y los 20 dígitos identificativos de la cuenta en la que realizar la devolución de la cuota.
  • A los efectos de facilitar la ocupación de la plaza por otro solicitante, las renuncias producidas por estas causas se deberán comunicar de forma fehaciente en el plazo más breve posible al Instituto de la Juventud de Castilla y León.

Plazo de resolución:

El plazo máximo de resolución será de 3 MESES, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Legislación aplicable:

RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2024, de la Directora General del Instituto de la Juventud de Castilla y León, por la que se convoca el programa de actividades formativas de la Escuela de Formación Juvenil de Castilla y León para el año 2024. (BOCyL 12-03-2024)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Formación e Iniciativas

Órgano que resuelve:

Instituto de la Juventud de Castilla y León

Resolución. Beneficiarios:

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (153 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.