Cambios de situación administrativa del personal funcionario docente que presta servicios en los centros públicos de las enseñanzas no universitarias y servicios de apoyo a los mismos de la Consejería de Educación
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Reconocimiento del cambio de situación administrativa (excedencia o reingreso) del personal funcionario docente que presta servicios en los centros públicos de las enseñanzas no universitarias y servicios de apoyo a los mismos de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.
¿Quién lo puede solicitar?
Personal funcionario docente que presta servicios en los centros públicos de las enseñanzas no universitarias y servicios de apoyo a los mismos de la Consejería de Educación
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico (preferentemente):
Presencial:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Para solicitud de excedencia: Los especificados en el Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado público (EBEP), aprobado por RD 5/2015, de 30 de octubre, con referencia a los siguientes artículos:
- Excedencia: Los especificados en el Art. 89, según se trate de excedencia voluntaria, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género, o por razón de violencia terrorista.
- Servicios en otras administraciones públicas: art. 84, 85 y 88.
- Servicios especiales: art. 85, 88 y Disp. Adicional Décima del TR del la Ley del EBEP y art. 90.1 de la ley 7/2005, de 25 de mayo de Función Pública de Castilla y León.
Para solicitud de reingreso: solicitar procedente de excedencia el paso a servicio activo.
¿Qué documentos necesito?
Para solicitar excedencia:
- Identidad: copia de NIF o NIE, en caso de no autorizar a su comprobación.
- Excedencia voluntaria por agrupación familiar:
- Documento que acredite la relación conyugal.
- Certificación expedida por el organismo donde trabaje el cónyuge que acredite la prestación y lugar donde desarrolle el trabajo.
- Excedencia voluntaria por desempeño de otra actividad pública incompatible o prestación en otro cuerpo o escala:
- Documento que acredite nombramiento o toma de posesión.
- Excedencia por cuidado de familiares
Si solicita excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años:
- Copia del libro de familia o equivalente, o resolución judicial o administrativa en caso de adopción o acogimiento.
- Declaración jurada de no desempeñar actividad que pueda impedir o menoscabar el cuidado personal del hijo menor.
- Declaración jurada del cónyuge de no estar disfrutando excedencia por el cuidado de hijo menor.
- Si solicita excedencia por cuidado de otros familiares a su cargo:
- Documento que acredite el parentesco con el sujeto causante.
- Documentación médica justificativa de la necesidad de cuidados.
- Documentación justificativa de que el familiar no desempeña actividad retribuida.
- Acreditación o declaración jurada de la convivencia con el familiar.
- Excedencia por razón de violencia de género
- Orden de protección a la víctima.
- Excedencia por razón de violencia terrorista
- Orden de protección a la víctima.
- Excedencia por servicios en otras administraciones públicas
- Documento de formalización de la toma de posesión o equivalente en el nuevo puesto obtenido en otra administración.
- Servicios especiales
- Documento acreditativo de a situación que da lugar al pase a servicios especiales.
Para reingreso no es necesario aportar ninguna documentación.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto y permanente.
Plazo de resolución:
- El plazo máximo para resolver la solicitud y notificar la resolución será de 3 meses a contar desde la entrada de la solicitud en el Registro del órgano competente para resolver.
Notificaciones:
- La resolución del cambio de situación administrativa se remite a las Direcciones Provinciales de Educación de la provincia correspondiente donde preste servicios el solicitante.
Recursos:
- Contencioso-administrativo.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de Recursos Humanos
Órgano que resuelve:
Dirección General de Recursos Humanos
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (44 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Descargar formularios y anexos