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Declaración de excepcionalidad al cumplimiento de la cuota de reserva del 2% de trabajadores con discapacidad

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 517
  • SIA: 1813123

Objeto:

Declaración de excepcionalidad al cumplimiento de la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad del artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

¿Quién lo puede solicitar?

Empresas, públicas y privadas, que empleen a 50 o más trabajadores, ubicadas en Castilla y León o, si disponen de centros de trabajo en otras CCAA, que tengan al menos el 85% de su plantilla en Castilla y León

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las empresas públicas y privadas que estén obligadas a contratar a personas con discapacidad según lo previsto en el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre, podrán solicitar la excepcionalidad por alguno de los motivos que se recogen en el artículo 1.2 del Real Decreto 364/2005 de 8 de abril por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad:

Descarga del documento tipo PDF Requisitos "Declaración de excepcionalidad". Abre una nueva ventana Requisitos "Declaración de excepcionalidad" (97 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Modelo normalizado de Solicitud de declaración de excepcionalidad y medidas alternativas acompañado de la documentación señalada.

Una vez concedida la Declaración de excepcionalidad y aprobadas las medidas alternativas propuestas, la entidad aportará, en el plazo del mes siguiente a su formalización, los documentos que se indican a través del formulario normalizado de Subsanación.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

La declaración de excepcionalidad se presentará con carácter abierto y permanente y tendrá una validez de tres años. Transcurrido este plazo, las empresas deberán solicitar una nueva declaración en el caso de persistir la obligación principal.

Plazo de resolución:

  • 2 meses

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (BOE 03-12-2013)
  • Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad (BOE 20-04-2005).
  • Criterio técnico 98/2016 sobre actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de cuota de reserva de trabajo para personas con discapacidad.
  • Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Gerencias Provinciales ECYL

Información adicional:

Obligaciones

  • Anualmente los Centros Especiales de Empleo y las fundaciones y asociaciones públicas del artículo 2.1.c) del Real Decreto 364/2005, deben presentar ante el Servicio Público de Empleo una Memoria sobre la tipología de las acciones que se han realizado y los recursos financieros aplicados a dichas acciones.
  • Anualmente, durante los tres años de vigencia de la resolución declarando la excepcionalidad, la empresa presentará justificación del cumplimiento de las medidas alternativas aprobadas mediante la presentación del formulario “Justificación medidas alternativas” acompañado de certificado emitido por el Centro Especial de Empleo o trabajador autónomo con discapacidad y/o certificado de la fundación o asociación de haber recibido los fondos y copia de la transferencia bancaria realizada.

Más información sobre Centros Especiales de Empleo y Fundaciones y asociaciones de utilidad pública  

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (Excepcionalidad). Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (Excepcionalidad) (201 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.