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Subvenciones dirigidas a la promoción del sector comercial (2024)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2450
  • SIA: 1253436
  • BDNS (Identificador): 765393

Fecha de publicación:

5 de junio de 2024

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la financiación de actuaciones de promoción del comercio de Castilla y León, con la finalidad de promocionar su imagen e incrementar su capacidad de atracción sobre la demanda, incrementando así su competitividad, así como de apoyar a su tejido asociativo.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 19 de junio de 2024 hasta el 2 de julio de 2024

Más Detalles:

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 DÍAS HÁBILES DESDE LA PRODUCCIÓN DE EFECTOS de la convocatoria (la orden producirá efectos a los 10 DÍAS HÁBILES desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León).

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Asociaciones sin ánimo de lucro, sus Federaciones y Confederaciones, que cumplan los requisitos y realicen las actividades previstas dentro del periodo subvencionable.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Tener como finalidad la defensa de los intereses del sector del comercio al por menor, excepto el comercio al por menor de vehículos de motor, domicilio social en Castilla y León (debiendo constar así en sus estatutos) y estar inscritas, con anterioridad a la producción de efectos de la convocatoria, en el Registro de Organizaciones Profesionales de Comercio, creado mediante el Decreto 10/1993, de 28 de enero.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades en quienes concurran algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Acreditar  el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, o, en su caso, la exención.
  • Cumplir el principio de no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, o cualquier otra condición(art. 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación)
  • Cumplir con las obligaciones del apartado vigésimo primero, punto 2 del Acuerdo 82/2020, de 12 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban directrices vinculantes para el impulso de la responsabilidad social en el gasto público de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León.

¿Para qué es la ayuda?:

Podrán subvencionarse proyectos que incluyan una o varias actuaciones de promoción del comercio que redunden prioritariamente en beneficio del comercio minorista de proximidad y que tengan como objetivos promocionar su imagen, difundir su oferta comercial, fomentar el consumo, promover y/o facilitar sus ventas directas, promover la cooperación entre los comercios, captar y/o fidelizar clientes, prestar a los clientes servicios adicionales o complementarios a la oferta comercial, apoyar al tejido asociativo u otros similares. Se entenderá por actuaciones que redundan prioritariamente en beneficio del comercio minorista de proximidad aquellas en las que al menos el 80% de los participantes pertenezcan a dicho sector.

Quedan expresamente excluidos los siguientes tipos de actuaciones:

a. Ferias, certámenes expositivos, congresos y similares.
b. Estudios y similares.
c. Todo tipo de acciones formativas, tales como cursos, jornadas, seminarios o similares.

Serán susceptibles de financiación los gastos que se ejecuten entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024, ambos inclusive, que se correspondan con actuaciones desarrolladas íntegramente entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024, salvo en el supuesto de actuaciones desarrolladas de forma continuada en el tiempo.

Cuantía:

  • La cuantía de la subvención será por cada proyecto de un 90% del presupuesto aceptado con los siguientes límites:
  • a) No serán subvencionables las solicitudes con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
  • b) El presupuesto máximo aceptado será de 45.000 euros.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado dirigidas a la Dirección General de Comercio y Consumo. Se presentará un único proyecto por entidad.

En el supuesto de presentación de más de una solicitud por entidad, únicamente se
tramitará la última de las presentadas dentro de plazo, quedando automáticamente
anuladas las anteriores.

La solicitud incluye declaraciones responsables relativas a diferentes extremos, memoria descriptiva del proyecto, y presupuesto de gastos, y se deberá acompañar de la siguiente documentación, digitalizada como archivos anexos a la misma:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (70 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Promoción Comercial

Órgano que resuelve:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 MESES contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación

  • Las subvenciones concedidas serán satisfechas previa presentación por la entidad beneficiaria de la correspondiente solicitud de pago conforme al modelo normalizado, y previa justificación de haber realizado el proyecto subvencionado y del cumplimiento de los otros requisitos y condiciones que determinen la concesión de la subvención.
  • La justificación revestirá la forma de cuenta justificativa simplificada o cuenta justificativa con justificantes del gasto realizado según se le indique en la notificación de concesión de la subvención,  y se presentará junto con la correspondiente solicitud de pago, incluyendo bajo responsabilidad del declarante los documentos correspondientes.
     

Publicidad

  • Una vez recibida la notificación de la resolución de concesión de la subvención, los beneficiarios deben dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actuaciones objeto de subvención mediante la incorporación, siempre que sea posible conforme a sus fechas de realización, en las herramientas tecnológicas, publicaciones, catálogos, folletos, carteles y demás material publicitario o promocional, con independencia del soporte (físico o digital) relativos al proyecto subvencionado, del símbolo y logotipo de la Junta de Castilla y León, según lo previsto en el Decreto 119/2003, de 16 de octubre, por el que se aprueba la identidad corporativa de la Junta de Castilla y León, en el Acuerdo 27/2020, de 4 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen directrices sobre difusión de la identidad corporativa de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 115, de 11 de junio de 2020) y la Instrucción 1/2020, de la Dirección de Comunicación, para el cumplimiento del mismo (B.O.C. y L. n.º 215, de 16 de octubre de 2020), conforme al modelo incluido en el anexo II.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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