Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Subvenciones dirigidas a ONGD junto con entidades locales o empresas de la Comunidad para la financiación de microacciones de desarrollo (2024)

  • Acceder a los formularios
  • Compartir

Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3610
  • SIA: 3115897
  • BDNS (Identificador): 767542

Fecha de publicación:

14 de junio de 2024

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para el año 2024, que tengan por finalidad la financiación de microacciones de desarrollo, dirigidas a mejorar las condiciones de vida y el desarrollo sostenible de los titulares de derecho más vulnerables en países empobrecidos y el apoyo al cumplimiento de los derechos humanos económicos, sociales y culturales, en los términos establecidos en la planificación estratégica en la materia. 

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 15 de junio de 2024 hasta el 26 de julio de 2024

Más Detalles:

Treinta días hábiles a contar desde el día siguiente a la de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades sin ánimo de lucro, de forma individual o en consorcio de entidades que estén inscritas como agentes de cooperación para el desarrollo

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Ser entidades privadas, legalmente constituidas y sin ánimo de lucro.
  • Figurar inscritas en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León.
  • Gozar de plena capacidad jurídica y de obrar, disponer de una estructura permanente, con una antigüedad mínima de 6 meses, que garanticen el pleno cumplimiento de sus fines y la implantación en la Comunidad, mediante la acreditación del desarrollo de actividades.
  • Establecer expresamente en sus estatutos que entre sus objetivos se encuentra la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación para el desarrollo.
  • Tener sede social, delegaciones o establecimientos permanentes, distintos de los domicilios particulares y abiertos al público, en la Comunidad de Castilla y León en la forma y en las condiciones que reglamentariamente se determine. No tener relaciones de dependencia, ni directa ni indirecta, de instituciones públicas, sean autonómicas, estatales o internacionales.
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

En el caso del socio local, deben cumplir las condiciones recogidas en el artículo 4.2 de la Orden PRE/516/2024, de 24 de mayo. En el caso de consorcio de socios, dichas condiciones debe cumplirlas al menos el socio principal que lleva la gestión económica de la intervención.

El socio local será el encargado de la ejecución efectiva de la intervención. Las funciones de seguimiento estarán compartidas por todos los socios de la microacción incluyendo a la entidad solicitante.

Las microacciones de desarrollo, para ser subvencionables, deberán cumplir los siguientes requisitos:

Descarga del documento tipo PDF Requisitos de las microacciones de desarrollo. Abre una nueva ventana Requisitos de las microacciones de desarrollo (58 kbytes)

¿Para qué es la ayuda?:

La finalidad de las subvenciones es facilitar la financiación de microacciones de desarrollo, dirigidas a mejorar las condiciones de vida y el desarrollo sostenible de los titulares de derecho más vulnerables en países empobrecidos.

El plazo de ejecución de intervención para las que se solicita subvención podrá comprender las actuaciones realizadas desde el 1 de enero hasta al 31 de diciembre de 2024, no pudiendo superar, por tanto, el periodo máximo de doce meses de ejecución.

Las entidades beneficiarias habrán de iniciar la ejecución de la microacción de desarrollo en el plazo máximo de un mes contado a partir de la fecha de recepción de los fondos correspondientes al anticipo de la subvención otorgada y siempre dentro del ejercicio en que se le concedió la subvención, comunicando a la Dirección de Acción Exterior la fecha exacta de dicho inicio mediante el modelo normalizado, el nuevo cronograma de actividades.

Podrá desplazarse el cronograma de ejecución de la intervención en función de la fecha efectiva de inicio, manteniendo el número de meses previsto inicialmente.

Los ámbitos prioritarios de intervención en el exterior, serán los siguientes:

Descarga del documento tipo PDF Ámbitos prioritarios de intervención en el exterior. Abre una nueva ventana Ámbitos prioritarios de intervención en el exterior (64 kbytes)

Cuantía:

  • La cuantía de la subvención concedida no podrá superar el 90% del presupuesto total de la microacción de desarrollo, sin que en ningún caso pueda exceder de la cuantía de 45.000 €.
  • Para garantizar la ejecutabilidad de las internvenciones, en ningún caso se concederán subvenciones por debajo del 50% de la cantidad solicitada.

¿Qué documentos necesito?

La solicitud, junto con la documentación exigida habrá de presentarse en los modelos normalizados. Se admitirá una única solicitud por solicitante, bien sea una entidad local o una empresa. En el supuesto de que el solicitante presente dentro del plazo establecido, más de una solicitud, se considerará como válida la última presentada.

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (85 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Cooperación Internacional para el Desarrollo

Órgano que resuelve:

Consejería de la Presidencia

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Compatibilidad

  • Estas subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad otorgados por otras administraciones o entidades, públicas o privadas, nacionales o internacionales, siempre que su importe total no supere el coste total del proyecto de inversión, procediendo en su caso al reintegro de las cantidades que incumpla dicho límite.
  • Dichas aportaciones, ya fueren concedidas o solicitadas, serán notificadas en un plazo de quince días hábiles al Servicio de Cooperación Internacional para el Desarrollo y especificarán, si fuera el caso, las modificaciones que pudieran conllevar en el conjunto de la intervención y, en especial, en el plan de financiación.

Modificación de las microacciones de desarrollo

  • Cualquier modificación sustancial de la microacción de desarrollo, que no comporte la modificación de la cuantía global, deberá ser solicitada de manera expresa por medios electrónicos, tan pronto como aparezcan las circunstancias que las justifiquen y, en todo caso, con una antelación de al menos quince días hábiles previos a la expiración del plazo de ejecución y deberá ser autorizada por la Consejería de la Presidencia.

Anticipos

  • Podrá anticiparse, el importe del 100% de la subvención concedida, en cuyo caso la entidad solicitante quedará exonerada de constituir garantía de acuerdo a lo previsto en el artículo 42.2 d) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. El anticipo deberá ser solicitado en el momento de la presentación de la solicitud, y tendrá la consideración de pago a justificar.

Plazo de justificación

  • El plazo máximo para presentar la documentación justificativa de la subvención será de dos meses contados a partir de la fecha de finalización del periodo de ejecución de las microacciones de desarrollo. En el caso de intervenciones ejecutadas con anterioridad al pago de la subvención, la justificación deberá presentarse en el plazo máximo de dos meses desde el momento del pago efectivo del anticipo de la subvención.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal ONGD. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal ONGD (293 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.