Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Subvenciones destinadas a fomentar la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género de Castilla y León (2024)

  • Acceder a los formularios
  • Compartir

Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2418
  • SIA: 1253428
  • BDNS (Identificador): 768621

Fecha de publicación:

19 de junio de 2024

Objeto:

Convocar subvenciones, en régimen de concesión directa, destinadas a fomentar la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género, a través de la financiación de su contratación por empresas privadas y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en Castilla y León, con la finalidad de contribuir a que las mujeres víctimas de violencia de género alcancen una mayor autonomía a través de su independencia económica con el objetivo fundamental de lograr su plena integración social.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 20 de junio de 2024 hasta el 15 de octubre de 2024

Más Detalles:

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el 15 de octubre de 2024.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Empresas privadas y entidades privadas sin ánimo de lucro, que, cumpliendo los requisitos, realicen la actuación subvencionable y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
  • Se entenderán asimiladas a las empresas, las personas físicas así como las comunidades de bienes que sean empleadoras de las mujeres víctimas de violencia de género.
  • Serán destinatarias las mujeres víctimas de violencia de género, acreditadas por los medios previstos, que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Contratar, con carácter temporal, fijo – discontinua e indefinida, a mujeres víctimas de violencia de género para el desempeño de un puesto de trabajo ubicado en el territorio de Castilla y León. En el supuesto de contratación temporal, el contrato deberá formalizarse por un periodo mínimo de 90 días (en los contratos inferiores a 6 meses). Y por un mínimo de 6 meses en el resto de contratos temporales.

El contrato podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial. En este último caso la jornada tendrá que ser al menos el 50% de la jornada ordinaria que se establezca en el convenio colectivo correspondiente. Este límite de duración no resultará de aplicación al colectivo de víctimas con discapacidad.

Quedan excluidos los contratos de trabajo formativos.

Los contratos que constituyen la actividad subvencionable deben haberse formalizado entre el 16 de octubre de 2023 y 15 de octubre de 2024.

Las mujeres víctimas de violencia de género, deberán estar desempleadas, sin necesidad de estar inscritas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León con carácter previo a su alta en la Seguridad Social. Se exceptúa de este requisito el supuesto de conversión de un contrato temporal en indefinido.

Cuantía:

  • El importe de la subvención será de 10.000 € por cada contrato indefinido a tiempo completo.
  • Para los contratos temporales a tiempo completo de, mínimo, 6 meses de duración el importe será de 4.000 € y para aquellos contratos de duración mínima de 90 días y que no lleguen a los 6 meses de duración a tiempo completo el importe será de 2.000 €.
  • El importe que se concede es de una cuantía netamente inferior y por lo tanto sin vinculación al coste real del contrato. Para ello se toma como referencia la cuantía del salario mínimo interprofesional.
  • Para calcular los costes salariales medios se tomará como referencia el salario mínimo interprofesional del año en que se hayan iniciado.
  • En los supuestos de contratación a tiempo parcial, la cuantía de la subvención será proporcional a la duración efectiva de la jornada de trabajo.
  • Si el contrato fuese fijo discontinuo la cuantía de la subvención que corresponde por su modalidad indefinida, será proporcional a la duración anual del contrato.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, que incluye declaración responsable relativa a diferentes extremos, acompañada según proceda, de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (152 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de la Mujer

Órgano que resuelve:

Gerencia de Servicios Sociales

Plazo de resolución:

El plazo máximo de resolución y notificación será de 3 MESES desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá DESESTIMADA la solicitud por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado, o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Reposición
  • Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación y pago

  • La concesión de estas subvenciones no requerirá otra justificación que la acreditación, previa a la concesión, de que la empresa o entidad solicitante reúne los requisitos para obtener la condición de beneficiaria y que ha realizado la actuación subvencionable.

Compatibilidad

  • Las subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  • El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (134 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.