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Subvenciones dirigidas a la realización de actividades de difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo (Programa III)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3607
  • SIA: 3131714
  • BDNS (Identificador): 771178

Fecha de publicación:

1 de julio de 2024

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para el año 2024, dirigidas a contribuir, en la Comunidad de Castilla y León, a la financiación de los gastos derivados de la realización de las actividades de difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo, llevadas a cabo por las entidades asociativas de economía social.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 2 de julio de 2024 hasta el 28 de octubre de 2024

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades asociativas de economía social (entidades asociativas de cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo y empresas de inserción) sin ánimo de lucro, que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

a) Estar legalmente constituidas e inscritas como entidades asociativas de economía social, en los registros correspondientes de Castilla y León y con ámbito de actuación en esta Comunidad, a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

c) No podrán ser beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de personas con discapacidad y de su inclusión social (BOE n.º 289 de 3 de diciembre) y acreditar dicho cumplimiento conforme al Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la comunidad de Castilla y León (BOCYL n.º 214 de 5 de noviembre de 2008).

e) Cumplir lo estipulado en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, siempre y cuando les resultase de aplicación.

f) No ser ninguna de las rntidades a las que hace referencia, en su artículo 1, el Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

¿Para qué es la ayuda?:

Será subvencionable la realización, entre el 1 de enero y el 25 de octubre de 2024, ambos inclusive, de las siguientes actividades de difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo.

Descarga del documento tipo PDF Actuaciones y gastos subvencionables. Abre una nueva ventana Actuaciones y gastos subvencionables (104 kbytes)

Cuantía:

  • El importe de la subvención podrá ser de hasta el 100 por ciento del coste de la actividad con una cuantía máxima de referencia por entidad beneficiaria de 30.000 euros.
  • La cuantía anterior es la máxima a conceder; si bien al tratarse de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la cuantía final se determinará en función del número de expedientes a valorar y mediante la aplicación de los criterios establecidos.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a Presentar. Abre una nueva ventana Documentación a Presentar (98 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Cooperativas, Sociedades Laborales y Trabajadores Autónomos

Órgano que resuelve:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes; transcurrido el mismo sin haberse dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Reposición
  • Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación

  • La justificación de la subvención se entenderá efectuada con la aportación, en el momento de la presentación de la solicitud y de forma electrónica, de la documentación indicada.

Concurrencia de ayudas

  • Las subvenciones son compatibles con otras subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, para la misma finalidad sin que en ningún caso puedan ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, superen el coste de la actividad subvencionada.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (74 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.