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Autorización de estaciones de inspección técnica de equipos de aplicación de productos fitosanitarios (ITEAF)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2357
  • SIA: 1813785

Objeto:

Comprobación del cumplimiento de los requisitos mínimos que deben cumplir las Estaciones de Inspección de Equipos de Aplicación de Productos fitosanitarios (ITEAF), sus titulares y el personal técnico, para poder ser autorizadas.

¿Quién lo puede solicitar?

Titulares de las Estaciones de Inspección de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios (ITEAF), señalados en el artículo 7 del Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

  • Se excluye presentación por FAX.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1. Las ITEAF deberán disponer de domicilio social, para su relación con los titulares de los equipos de aplicación y con la Administración autonómica y estatal, así como de unidades móviles para la realización de las inspecciones, a fin de facilitar la inspección de equipos en explotaciones dispersas, habituales de la agricultura española.

2. Las inspecciones podrán también realizarse en instalaciones fijas ubicadas en locales totalmente separados de cualquier otro en que se realice otra actividad distinta de la inspección.

3. Deberán disponer del equipamiento e instrumentación necesarios para la realización de las inspecciones, de acuerdo con lo estipulado en el anexo II (Real Decreto 1702/2011).

4. El equipamiento e instrumentación deberá de someterse a un programa de calibrado, específicamente definido, para asegurar su correcto funcionamiento y fiabilidad.

5. El órgano competente de la comunidad autónoma podrá autorizar estaciones que no realicen inspecciones en algún género de equipo, cuando las ITEAF estén ubicadas en zonas con ausencia manifiesta del género de máquina correspondiente.

6. Dispondrán de sistemas electrónicos, para la transmisión de los resultados de las inspecciones al órgano competente de la comunidad autónoma encargado de esta función.

Las que no pertenezcan a la Administración Pública, deberán suscribir pólizas de responsabilidad civil, avales u otras garantías financieras, otorgadas por entidades debidamente autorizadas que cubran los riesgos de su responsabilidad, respecto a daños ambientales, materiales y personales a terceros por una cuantía mínima de 100.000 euros. La garantía será proporcional a la naturaleza y alcance del riesgo cubierto, sin que la póliza limite dicha responsabilidad.

Además deberán estar dotadas de personal especializado, conforme al artículo 8 del Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado Anexo I, dirigida al Director General de Producción Agropecuaria y Desarrollo Rural, y acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

1. Estatutos o norma por la que se rija la entidad.

2. Memoria técnica en la que, al menos, se especifique:

- Relación del personal disponible y su cualificación, así como copia de los certificados de aptitud para ejercer como inspector o director de ITEAF.

- Relación de instalaciones y equipos, detallando sus características técnicas y el programa específico de calibrado.

3. Copia de la póliza de responsabilidad civil, aval u otras garantías financieras, otorgadas por una entidad debidamente autorizada, que cubran los riesgos de su responsabilidad, respecto a daños ambientales, materiales y personales a terceros, así como copia del documento que acredite el pago.

4. Declaración de si la entidad solicitante se encuentra en el supuesto recogido en el artículo 7.2 del Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver la solicitud y notificar la resolución será de 3 MESES desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación. Trascurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, la solicitud deberá entenderse ESTIMADA.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano. .

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal
  • Directiva 2009/128/CE, de 21 de octubre, del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establece el Uso Sostenible de los plaguicidas
  • Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, de inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios (BOE 09-12-2011)
  • ORDEN AYG/925/2014, de 15 de octubre, por la que se regulan las inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios en Castilla y León (BOCyL 05-11-2014)
  • RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2015, de la Dirección General de Producción Agropecuaria y Desarrollo Rural, por la que se establece el modelo de distintivo autoadhesivo que han de entregar las estaciones ITEAF (Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Fitosanitarios) a los titulares de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios inspeccionados favorablemente en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 31-03-2015)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Sanidad y Certificación Vegetal

Órgano que resuelve:

Directora General de Producción Agrícola y Ganadera

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (16 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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Última actualización: 26 de mayo de 2024