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Subvenciones dirigidas a planes estratégicos de empresas en materia de I+D, cofinanciadas por el fondo europeo de desarrollo regional (FEDER)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2507
  • SIA: 1253461
  • BDNS (Identificador): 310273

Fecha de publicación:

29 de junio de 2016

Objeto:

Concesión de subvenciones, en concurrencia no competitiva, con destino a facilitar la financiación de los planes estratégicos en materia de I+D, que vayan a ser acometidos por empresas para centros de trabajo de Castilla y León y que se declaren de especial interés por la Junta de Castilla y León, a iniciativa de la ADE, en base al fuerte impacto que puedan tener sobre el tejido social, económico y/o industrial de la Comunidad. Los planes estratégicos comprenden uno o varios proyectos de investigación industrial y/o desarrollo experimental.

Para que el Plan de I+D pueda considerarse estratégico, deberá demostrar que es el eje sobre el que se sustente la competitividad y el crecimiento de la empresa en el centro de trabajo que se trate, por ello no tratará sobre actividades o proyectos aislados sino que contendrá una planificación estratégica de la empresa basada en la innovación. La ejecución del Plan estratégico supondrá un compromiso de colaboración de la entidad beneficiaria en actuaciones de fomento a la Innovación y el emprendimiento en Castilla y León.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Empresas que tengan su sede social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León y que vayan a realizar proyectos de I+D plasmados en planes que se califiquen como estratégicos y sean declarados de Especial Interés por la Junta de Castilla y León.

¿Qué requisitos debo cumplir?

REQUISITOS PARA QUE EL PLAN PUEDA SER CALIFICADO COMO ESTRATÉGICO

El plan estratégico de I+D podrá referirse a un solo centro de trabajo o a varios centros que la empresa tenga en Castilla y León, debiendo especificar en todo caso el proyecto o los proyectos de I+D concretos que comprenda dicho plan.

En todo caso, para que el plan presentado por la empresa pueda ser calificado como estratégico en materia de I+D deberán cumplirse todos y cada uno de los siguientes requisitos previos

a) El plan estratégico de la empresa, en el que conste como eje fundamental el plan de I+D para el que se pretende obtener subvención, debe ser declarado de Especial Interés por la Junta de Castilla y León, a iniciativa de la ADE, en base al fuerte impacto que pueda tener sobre el tejido social, económico y/o industrial de la Comunidad.

b) Que el presupuesto subvencionable del plan estratégico de I+D que se plantea, una vez valorado por la ADE, alcance al menos la cantidad de 2.000.000 € considerando los distintos centros de trabajo de Castilla y León donde se pueda llevar a cabo.

c) Al menos el 30% del presupuesto subvencionable del Plan Estratégico debe estar financiado con fondos propios, entendidos según la definición del Plan General de contabilidad.

REQUISITOS GENERALES DE LOS PROYECTOS INCLUIDOS EN EL PLAN ESTRATÉGICO

Los proyectos de I+D concretos podrán abarcar la creación de un nuevo producto o proceso, las pruebas experimentales y ensayos necesarios para su concreción, pruebas de concepto y la elaboración de prototipos previos al inicio de la explotación industrial y la comercialización. Cada proyecto individual, incluido en el Plan Estratégico de I+D deberá cumplir las siguientes condiciones:

a) Que el proyecto sea viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental, de acuerdo con la documentación aportada en la solicitud.

b) Que el proyecto sea completo, es decir, que aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación

c) Que el proyecto esté incluido dentro de las prioridades temáticas y los ámbitos de actuación definidos en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2014-2020, recogidos en el Anexo I.

Los proyectos podrán recoger diferentes actuaciones de Investigación industrial y/o Desarrollo Experimental que podrán llevarse a cabo conjuntamente en distintos centros de trabajo de Castilla y León, con la condición de que todas ellas estén incluidas en el Plan estratégico aprobado. El personal de la empresa imputado a cualquiera de los proyectos de I+D deberá constar estar de alta en la Seguridad Social en dicho centro de trabajo de la Comunidad Autónoma. Cada uno de los proyectos contemplado en el Plan Estratégico se clasificará en la categoría de Investigación Industrial o Desarrollo Industrial.

Los proyectos estratégicos de I+D, recogidos en el plan estratégico, tendrán una duración máxima de tres años.

Los proyectos contenidos en el Plan deberán ser individuales, esto es, que se lleven a cabo por un único beneficiario. El resto de entidades participantes en el proyecto deberán hacerlo bajo la modalidad de subcontratación. No se considerarán los proyectos en colaboración.

El proyecto deberá alcanzar la puntuación mínima establecida en función de los criterios de valoración.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables todos los sectores que se puedan ser incluidos en las prioridades temáticas y ámbitos de actuación de la RIS3.

Cuantía:

  • El importe total de la convocatoria es de 15.000.000 de euros, con un porcentaje máximo de ayuda hasta el 70%.
  • La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje de los costes de cado uno de los proyectos contenidos en el Plan Estratégico de I+D:

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, acompañado de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventanaDocumentación a presentar (103 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Director General del Instituto para la Competitividad Empresarial

Órgano que resuelve:

Presidente del Instituto para la Competitividad Empresarial

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES contados desde el día en que la solicitud haya tenido entrada en el órgano competente para su tramitación. El vencimiento del mencionado plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, legitima a los interesados para entender DESESTIMADA la solicitud de ayuda.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Recursos:

    • Contencioso-administrativo
    • Reposición

    Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

    Información adicional:

    Criterios de valoración para porcentaje adicional

    • Capacidad tecnológica  y económica de la empresa.
    • Calidad del proyecto (grado de novedad tecnológica y participación de Organismo de Investigación),
    • Repercusión económica y social  del proyecto (posibilidad de industrialización, colaboraciones con empresas e incremento del empleo de I+D).
    • Integración laboral de personas con discapacidad.
    • Localización en zonas rurales y cuencas mineras
    • Igualdad entre hombres y mujeres, no discriminación y sostenibilidad

    Compatibilidad

    Estas subvenciones serán incompatibles con cualesquiera otras de la misma naturaleza.

    Aceptación

    Los beneficiarios deberán aceptar expresamente la concesión de la subvención, así como sus condiciones, de forma telemática a través del Registro Telemático de la Junta de Castilla y León, mediante firma electrónica avanzada, en el plazo de 15 DÍAS HÁBILES, computados desde el día siguiente a la notificación.

    En el caso de no aceptación, o transcurrido el plazo señalado sin haber aceptado la concesión, se entenderá que el beneficiario renuncia a la subvención, declarándose la misma, mediante resolución expresa del Presidente de la ADE.

    Justificación

    El beneficiario justificará el cumplimiento de las condiciones establecidas, como máximo, en el plazo de 3 MESES desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada.

    Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

    1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
    2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
      1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
      2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
      3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
    3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
    4. Descargar justificante de presentación.

     

    Tramitación electrónica

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