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Subvención directa para colaborar con la financiación del Programa Respiro Escolar

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2928
  • SIA: 2259761

Descripción:

OBJETO:

Concesión de subvención directa para colaborar en la financiación de la prestación del Programa de “Respiro escolar” a alumnos escolarizados en centros de educación especial.

ACEPTACIÓN:

La concesión de la subvención se notificará al beneficiario que deberá aceptarla en el plazo de 10 días desde su notificación. Transcurrido dicho plazo sin que se haya aceptado se entenderá que renuncia a ella. El documento de aceptación se presentará conforme al modelo del documento nº 8.

PAGO DE LA SUBVENCIÓN

Se concede, previa solicitud de los beneficiarios conforme al modelo del documento nº 7, un anticipo del 100% de la anualidad 2024, sin necesidad de aportar garantía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 39 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de Castilla y León, quien deberá acreditar mediante declaración responsable encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 c) del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en materia de subvenciones, así como que no está incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario.

FORMA DE JUSTIFICACIÓN

La subvención se justificará mediante la presentación de la siguiente documentación:

  1. Certificado expedido por el director de cada centro, con el visto bueno del Director Provincial de Educación, relativo al número de alumnos que hayan hecho uso del programa “Respiro Escolar”, en cada período, clasificados por el tipo de discapacidad (pluridiscapacitados, autistas, psíquicos), conforme al modelo del documento nº 1.

    Se hará constar en este certificado la relación nominativa de usuarios (identificados con el nombre y apellidos y las cuatro últimas cifras numéricas del documento nacional de identidad), el centro y el nivel en el que se encuentran escolarizados.

    En la justificación del segundo período (del 24 de junio al 31 de agosto de 2024), se acompañará el detalle de los ingresos aportados por las familias en el concepto de cuota, especificando los usuarios de tarifa ordinaria, los beneficiarios de tarifas reducidas por ser miembros de familia numerosa de categoría general y los beneficiarios exentos por ser miembros de familias numerosas de categoría especial, conforme al modelo del DOCUMENTO N.º 2.
     
  2. Relación clasificada de los gastos de la actividad, por cada periodo, firmada por el responsable de cada centro, desglosados en gastos de personal, con identificación de los perceptores, las horas e importes individualizados, y los gastos de funcionamiento, con identificación del acreedor, número de factura, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago, conforme al modelo del documento nº 3.
     
  3. Declaración responsable de las entidades titulares de los centros así como de la Federación correspondiente, detallando otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia, conforme al modelo del documento nº 4.
     
  4. Declaración responsable de las entidades titulares de los centros así como de la Federación correspondiente, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como que no se encuentran en situación incompatible con esta subvención, conforme al modelo del documento nº 5.
     
  5. En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

    Los documentos n.º 1, 2, 3, 4 y 5, se encuentran disponibles en el apartado "Tramitación electrónica".

    Si la documentación aportada no reuniera todos los requisitos exigidos se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, conforme el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

    La entidad deberá presentar, a través de su representante legal, la documentación requerida en la fase de subsanación, mediante el envío de un formulario de incorporación de datos cumplimentado según el documento nº 6, disponible en el apartado "Tramitación electrónica", al que anexará, en ficheros con formato pdf toda la documentación requerida.

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

La justificación de la subvención deberá presentarse, en la forma prevista en el párrafo anterior, entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2025, incluido, y comprenderá los siguientes periodos:

  • Primer periodo: del 1 de enero al 21 de junio de 2024, incluido, se justificarán las cantidades correspondientes a los días laborables no lectivos, excluidos sábados.
  • Segundo periodo: del 24 de junio al 31 de agosto de 2024, incluido, se justificarán las cantidades correspondientes a los días laborables, excluidos sábados.
  • Tercer periodo: del 6 de septiembre al 31 de diciembre de 2024, incluido, se justificarán las cantidades correspondientes a los días laborables no lectivos, excluidos sábados.

COMPROMISOS DEL CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL

La entidad se compromete a gestionar y prestar el programa de “Respiro Escolar” en el centro a los alumnos escolarizados en educación especial, así como a prestar la debida atención a estos alumnos, en los períodos establecidos en la orden de concesión. El programa de “Respiro Escolar” supone el cuidado, vigilancia y protección de los alumnos expresamente inscritos y acogidos en el programa así como la ejecución del Plan de actividades previamente definido.

Las actividades incluidas en el Plan de actividades deberán ser complementarias a las educativas y no curriculares, durante el tiempo en que los monitores estén a cargo del servicio. Las actividades pueden ser del tipo de:

  • Actividades plásticas.
  • Actividades deportivas.
  • Juegos: de mesa, de exterior, juegos de ritmo, movimiento, coordinación, etc.
  • Animación lectora.
  • Audiovisuales.
  • Actividades relacionadas con el calendario.

El beneficiario aportará los materiales necesarios para el desarrollo de las actividades señaladas cuyo objeto será la adquisición de hábitos sociales por parte de los alumnos inscritos, la educación para la convivencia, la educación para el ocio y el tiempo libre, así como otras actividades educativas.

Asimismo, se compromete a contratar bajo su exclusiva dependencia laboral, el personal necesario y con la cualificación requerida.

Consejería / Centro Directivo:

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (90 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.